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La reforma a la Ley Federal del Trabajo publicada en 2023 duplico los días mínimos de vacaciones para los trabajadores mexicanos. Antes de la reforma, el primer año de trabajo daba derecho a solo 6 días; hoy son 12 días desde el primer año. Este cambio beneficia a millones de trabajadores en México, pero muchas empresas aun no han actualizado sus politicas o no aplican correctamente la nueva tabla. Esta calculadora te muestra exactamente cuantos días te corresponden según tu antiguedad y el monto de la prima vacacional del 25% que establece la ley.
Resultado aproximado
Aviso importante
Segun la reforma a la LFT publicada en 2023. Tu empresa puede ofrecer mas dias. El calculo es sobre salario base; si tienes bonos, valida con tu area de Recursos Humanos.
El 27 de diciembre de 2022 se público en el Diario Oficial de la Federacion la reforma al Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo que entro en vigor el 1 de enero de 2023. La reforma cambio la tabla de vacaciones mínimas: antes del 1 de enero de 2023, el primer año daba 6 días, y se aumentaban 2 días por cada año adicional hasta llegar a 12 días (4to año), luego 2 días cada 5 años. Desde el 1 de enero de 2023, el primer año da 12 días, el segundo 14, el tercero 16, el cuarto 18 y el quinto 20 días. De ahí en adelante, se agregan 2 días por cada 5 años adicionales de servicio. Si llevas varios años trabajando, revisa que tu empresa ya actualizo tu conteo de vacaciones.
Esta es la tabla vigente según la LFT reformada: 1 año: 12 días; 2 años: 14 días; 3 años: 16 días; 4 años: 18 días; 5 años: 20 días; 6 a 10 años: 22 días; 11 a 15 años: 24 días; 16 a 20 años: 26 días; 21 a 25 años: 28 días; 26 años en adelante: 30 días. Importante: la tabla anterior (antes de 2023) era significativamente menor. Si tu empresa aun usa la tabla vieja, tiene una deuda de días de vacaciones contigo que debe corregirse.
Además de los días de descanso, la LFT garantiza una prima vacacional de al menos el 25% del salario correspondiente a los días de vacaciones. Esto significa que cuando tomas tus vacaciones (o cuando las liquidan en finiquito), debes recibir no solo el salario de esos días, sino un 25% adicional. Fórmula: Prima vacacional = Salario diario x Días de vacaciones x 0.25. Ejemplo: 600 pesos diarios x 12 días x 0.25 = 1,800 pesos de prima. Esta cantidad debe pagarse al inicio del periodo vacacional o junto con el finiquito si no tomaste las vacaciones.
La LFT establece que las vacaciones deben disfrutarse dentro de los 6 meses siguientes al cumplimiento del año de servicio. El patrón tiene la obligacion de fijar el periodo de vacaciones de comun acuerdo con el trabajador. Las vacaciones deben ser continuas (en un solo periodo) salvo que el trabajador solicite dividirlas. El patrón no puede obligarte a dividir las vacaciones ni puede sustituirlas por pago en efectivo durante la relación laboral activa. Solo en finiquito o liquidación se pueden pagar los días pendientes en dinero. Si la empresa no te ha dado vacaciones en tiempo, tienes derecho a exigirlas o a que se incluyan en el finiquito con la prima.
Si llevas menos de un año trabajando, tienes derecho a vacaciones proporcionales al tiempo laborado. La fórmula es: (Días de vacaciones del primer año / 365) x Días trabajados. Ejemplo: llevas 6 meses (aproximadamente 182 días). Días proporcionales: (12 / 365) x 182 = 5.98 días, aproximadamente 6 días. Este cálculo es relevante al momento del finiquito si dejas la empresa antes de cumplir el primer año. Si la empresa no incluye los días de vacaciones proporcionales en el finiquito, puede ser demandada por ese concepto.
Para saber si tu empresa actualizo correctamente: revisa tu contrato o carta de prestaciones si fue emitida o renovada después del 1 de enero de 2023; pide a RR.HH. una constancia de tus prestaciones actualizadas; compara los días de vacaciones asignados contra la tabla vigente de la reforma según tu antiguedad. Si hay discrepancia (tu empresa dice que te dan menos días de los que indica la ley), tienes derecho a reclamarlos. Puedes hacerlo internamente primero y, si no hay respuesta favorable, ante la STPS o PROFEDET. La reforma aplica a todos los contratos vigentes desde enero 2023, no solo a los nuevos.