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El aguinaldo es una de las prestaciones más esperadas del año para los trabajadores en México. La Ley Federal del Trabajo establece un mínimo de 15 días de salario que el patrón debe pagar antes del 20 de diciembre. Esta calculadora te ayuda a estimar exactamente cuanto te corresponde según tu salario diario y los días trabajados en el año, incluyendo el caso de que no hayas laborado el periodo completo. Conocer el cálculo te permite verificar que el depósito de tu empresa sea correcto.
Resultado aproximado
Aviso importante
Estimacion basada en el minimo legal (15 dias). Tu empresa puede ofrecer mas segun contrato o convenio. El aguinaldo real incluye ajustes de ISR. Verifica con tu area de nominas.
El aguinaldo esta regulado en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: 'Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que debera pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este.' Este artículo ha permanecido sin cambios sustanciales, aunque las reformas de 2023 en materia de vacaciones no modificaron el aguinaldo.
El cálculo del aguinaldo mínimo legal es: (Salario diario) x 15 días. Si trabajaste el año completo (enero a diciembre), ese es el resultado. Si no completaste el año, el cálculo proporcional es: (Salario diario x 15 días / 365 días) x Número de días trabajados en el año. Importante: el 'salario diario' para efectos del aguinaldo es el salario base ordinario. Si tienes bonos fijos, comisiones ordinarias u otras percepciones regulares que forman parte del salario ordinario, el patrono deberia incluirlas. Los vales de despensa, fondo de ahorro y prestaciones exentas generalmente no se incluyen.
Si ingresaste a trabajar después del 1 de enero, tienes derecho al aguinaldo proporcional a los días que hayas laborado en el año en curso. Lo mismo aplica si te separaras de la empresa antes del 20 de diciembre: el patrón esta obligado a pagarte el proporcional al finiquito. Ejemplo: ingresaste el 1 de julio (laboraste aproximadamente 184 días del año). Salario diario: 600 pesos. Cálculo: (600 x 15 / 365) x 184 = 4,537 pesos aproximadamente. Si tu empresa solo te paga el proporcional contando del 1 de enero aunque hayas entrado después, el cálculo es correcto.
El aguinaldo tiene un tratamiento fiscal especial en la Ley del ISR. La parte exenta equivale a 30 días del salario mínimo general diario vigente. Para 2026, el salario mínimo diario en zona general es de $315.04 pesos (CONASAMI). Exencion: 30 x 315.04 = $9,451.20 pesos. Si tu aguinaldo es menor o igual a ese monto, no pagas ISR. Si es mayor, el excedente se suma al ingreso del mes de diciembre y se calcula el ISR correspondiente. La retención aparece desglosada en tu recibo de nómina de diciembre.
Los 15 días son el mínimo legal, pero muchas empresas ofrecen aguinaldo mayor como prestacion superior a la ley. Empresas del gobierno federal suelen pagar entre 30 y 90 días de aguinaldo. Empresas grandes del sector privado frecuentemente ofrecen entre 20 y 30 días. Contratos colectivos de sindicatos pueden establecer aguinaldos mayores. Si tu contrato establece más días, el cálculo proporcional usa ese número mayor, no los 15 días mínimos. Revisa tu contrato individual o colectivo de trabajo para conocer el número exacto que te corresponde.
Si el 20 de diciembre pasa y no recibes tu aguinaldo, tienes opciones legales. Primero, notifica por escrito a tu área de Recursos Humanos o directamente a tu patrón. Si no hay respuesta favorable, puedes presentar una queja ante la STPS (Secretaría del Trabajo y Prevision Social) a traves de stps.gob.mx o en persona. También puedes acudir a PROFEDET (Procuraduria Federal de la Defensa del Trabajo) para asesoria gratuita y representacion legal si es necesario. El aguinaldo no pagado genera intereses y puede derivar en una demanda laboral por prestaciones no cubiertas.