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Si fuiste despedido sin causa justificada en México, la Ley Federal del Trabajo te protege con una liquidación que puede ser considerablemente mayor a lo que la empresa ofrece en una primera propuesta. Conocer exactamente que te corresponde antes de negociar o firmar cualquier documento puede significar la diferencia de miles o decenas de miles de pesos. Esta calculadora estima los tres conceptos principales de la liquidación por despido injustificado: los 90 días de indemnización constitucional, los 20 días por año trabajado y la prima de antiguedad, además del finiquito de prestaciones pendientes.
Resultado aproximado
Aviso importante
Basado en salario diario ingresado (no integrado). La liquidacion real usa salario integrado (incluye partes proporcionales de aguinaldo y vacaciones). Para tu caso especifico, consulta PROFEDET (profedet.gob.mx) de forma gratuita.
La liquidación es el pago al que tiene derecho un trabajador cuando es despedido sin una causa que justifique legalmente la terminacion de la relación laboral. En México, el Artículo 48 de la LFT establece que el trabajador podrá optar entre que el patrón lo reinstale en su puesto de trabajo, o que le pague una indemnización. Esta indemnización incluye tres conceptos principales: los 3 meses de salario integrado (90 días), 20 días de salario integrado por cada año de servicio, y la prima de antiguedad de 12 días por año. Además, la empresa debe cubrir el finiquito (aguinaldo proporcional, vacaciones y prima vacacional pendientes).
Un error comun al calcular la liquidación es usar el salario diario simple en lugar del salario diario integrado. El salario integrado incluye el salario base más las partes proporcionales diarias de: aguinaldo (15 días / 365 días del año), prima vacacional (25% de los días de vacaciones / 365), y en algunos casos bonos, comisiones u otras percepciones ordinarias. Fórmula básica del salario integrado: Salario diario simple + (Salario diario x 15/365) + (Salario diario x días vacaciones x 0.25 / 365). Ejemplo: si ganas 600 pesos diarios con 1 año de servicio (12 días de vacaciones), el salario integrado aproximado es 600 + (600 x 15/365) + (600 x 12 x 0.25/365) = 600 + 24.66 + 4.93 = 629.59 pesos diarios integrados.
El primer concepto de la liquidación es la indemnización de 90 días de salario integrado. Este monto corresponde a lo que el Artículo 50 de la LFT llama 'indemnización constitucional' porque deriva del artículo 123 constitucional. Se calcula: Salario integrado diario x 90 días. Ejemplo: 629.59 pesos x 90 = 56,663 pesos. Este concepto se paga independientemente de la antiguedad y es igual para todos los trabajadores despedidos sin causa justificada, ya sea que llevaran 1 mes o 20 años en la empresa.
El segundo concepto es de 20 días de salario integrado por cada año completo de servicio. Las fracciones de año se calculan de forma proporcional. Este concepto puede ser significativo para trabajadores con mucha antiguedad. Ejemplo: si llevas 5 años y tu salario integrado es de 629.59 pesos: 629.59 x 20 x 5 = 62,959 pesos. Para fracciones de año, la fórmula es: (629.59 x 20 / 365) x días trabajados del último año incompleto. Este concepto solo aplica en despidos injustificados, no en renuncias voluntarias.
La prima de antiguedad es de 12 días de salario por cada año de servicio. Sin embargo, tiene un tope: el salario diario para este cálculo no puede exceder el doble del salario mínimo diario general. Para 2026, el salario mínimo general es de $315.04 pesos diarios ($440.87 en la Zona Libre de la Frontera Norte, CONASAMI), por lo que el tope del salario para prima de antiguedad seria aproximadamente $630.08 pesos diarios en la zona general. Si tu salario integrado es mayor, para este concepto específico se usa el tope. Fórmula: min(salario diario integrado, 2 x salario mínimo) x 12 x años de servicio. La prima de antiguedad también se paga en renuncias voluntarias si el trabajador tiene 15 o más años de servicio.
Además de los tres conceptos principales, la liquidación completa debe incluir: Aguinaldo proporcional al tiempo trabajado en el año en curso. Vacaciones no gozadas (días pendientes según la tabla de la LFT). Prima vacacional del 25% sobre los días de vacaciones pendientes. Parte proporcional de cualquier bono o prestacion anual pactada en el contrato. En algunos casos, salarios caidos si el trabajador lleva tiempo esperando la resolución y opto por la reinstalacion y fue negada. La empresa puede proponer un convenio de liquidación que concentre todos estos conceptos; revisa que cada partida este desglosada y sea correcta antes de firmar.
Firmar un convenio de liquidación tiene consecuencias legales importantes. Una vez firmado con los requisitos formales, es difícil impugnarlo. Antes de firmar: calcula cada concepto por separado usando esta herramienta y comparalos con la propuesta. Pide el desglose escrito de cada concepto al departamento de RR.HH. Si hay diferencias, negocia con base en los cálculos de la LFT, no en lo que la empresa dice de forma verbal. Si la diferencia es significativa, busca asesoria gratuita en PROFEDET antes de firmar. PROFEDET tiene oficinas en todos los estados y puede representarte en negociaciones y juicios laborales sin costo si el caso lo amerita.