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Contratar a un trabajador en México implica un costo real significativamente mayor al salario acordado. Las cuotas patronales al IMSS, el INFONAVIT y otras obligaciones pueden representar entre el 25% y el 35% adicional sobre el salario bruto del empleado. Esta calculadora estima el total de cuotas patronales al IMSS con las tasas vigentes en 2025, desglosadas por rama de seguro social, para que empleadores, contadores y trabajadores entiendan el costo laboral real y verifiquen que las aportaciones de la empresa sean correctas.
Resultado aproximado
Aviso importante
Prima de riesgo de trabajo usada: 0.54% (mínima). La real depende de la siniestralidad de tu empresa (0.54%–7.58%). La cuota IMSS de cesantía sube cada año hasta 13.875% en 2030 (reforma 2020). Verifica el ISN de tu estado.
Las cuotas patronales al IMSS se calculan sobre el Salario Base de Cotización (SBC) del trabajador y se dividen en las siguientes ramas: Enfermedades y maternidad (prestaciones en especie trabajadores): 1.050%. Enfermedades y maternidad (prestaciones en especie pensionados): 1.050%. Enfermedades y maternidad (prestaciones en dinero): 0.700%. Invalidez y vida: 1.750%. Retiro: 2.000%. Cesantía en edad avanzada y vejez (AFORE patronal, 2025): 6.485% (en transición hacia 13.875% en 2030 según reforma 2020). Guarderías y prestaciones sociales: 1.000%. Riesgo de trabajo: variable según IMSS (entre 0.54% y 7.58% según siniestralidad). El total patronal base (sin riesgo de trabajo) supera el 13% del SBC solo en cuotas IMSS.
El SBC es la base sobre la que se calculan todas las cuotas al IMSS. No es igual al salario bruto contratado: incluye el salario ordinario más las partes proporcionales diarias de prestaciones integrables como aguinaldo (15 días / 365), prima vacacional (25% de los días de vacaciones / 365), y cualquier otra percepción ordinaria. Los conceptos excluidos del SBC incluyen instrumentos de trabajo, ahorro pactado hasta el 13% del salario, prestaciones sociales como vales de despensa hasta el 40% del salario mínimo, y pago de horas extras hasta el doble del mínimo si son esporádicas. El SBC tiene un tope máximo de 25 UMA diarias (aproximadamente $2,775 pesos diarios en 2025).
Además de las cuotas al IMSS, el patrón tiene otras obligaciones financieras: INFONAVIT (aportación patronal para vivienda): 5% del SBC mensual. Esta aportación va a la subcuenta de vivienda del trabajador en su AFORE y puede ser usada para crédito hipotecario o retirada al momento del retiro. Impuesto sobre nóminas (ISN): varía según el estado, generalmente entre el 1% y el 3% sobre la nómina total. Por ejemplo, en Ciudad de México es del 3%, en Jalisco del 2%, en Nuevo León del 2%. Este impuesto es estatal y no va al IMSS sino a la tesorería estatal. Total de obligaciones laborales estimadas: en la mayoría de los estados, el costo total del empleado equivale al 130% a 135% del salario bruto acordado.
Todo trabajador tiene derecho a verificar que su patrón está cumpliendo con las cuotas al IMSS. Para hacerlo: consulta tu estado de cuenta AFORE en e-sar.com.mx para ver las aportaciones recibidas; solicita al IMSS una Constancia de Semanas Cotizadas en imss.gob.mx para verificar que estás dado de alta y que las semanas se están acumulando; si detectas períodos donde no apareces dado de alta en el IMSS aunque trabajaste, puedes presentar una denuncia ante el IMSS contra el patrón por incumplimiento. El patrón que no inscribe a sus trabajadores o no paga las cuotas puede recibir multas y cobranza coactiva del IMSS.
La reforma al sistema de pensiones aprobada en 2020 aumentó gradualmente la cuota patronal de la rama de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (que alimenta la AFORE del trabajador). El aumento se implementa de forma escalonada entre 2023 y 2030: en 2023 fue del 4.241%, en 2024 del 5.333%, en 2025 es del 6.485%, y continuará subiendo cada año hasta llegar al 13.875% en 2030. Este aumento tiene como objetivo mejorar el nivel de las pensiones futuras de los trabajadores mexicanos. Para los empleadores, implica una planeación del costo laboral considerando que las cuotas seguirán aumentando los próximos años.
Las cuotas al IMSS (tanto patronales como obreras que retiene el patrón) deben pagarse mensualmente en los primeros 17 días naturales del mes siguiente al que corresponden. El pago se realiza a través del Sistema de Pago Referenciado (SUA/SIPARE) del IMSS. Las aportaciones al INFONAVIT también tienen fecha límite mensual que coincide con el cierre del SUA. El incumplimiento genera recargos, multas y puede resultar en créditos fiscales cobrables por el IMSS. Es responsabilidad del patrón mantener al día estas obligaciones para evitar problemas con el registro de semanas de sus trabajadores.